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Sobretasa de sitios no edificados

por | Ago 30, 2023

¿Tienes un terreno que está afecto a sobretasa por sitio no edificado? Revisa en qué circunstancias se puede pedir una revisión de su aplicación.

Las contribuciones de bienes raíces (o impuestos territoriales) están de “moda” en el debate político, componen una parte importante del presupuesto de las municipalidades, y por ende, es relevante entender como se componen. 

En principio, se determinan a partir del avalúo fiscal, compuesto por la suma del valor del terreno, según su área homogénea (AH) y las construcciones sobre este, (AF = AFT + AFC), todo lo que se encuentra determinado en la Ley 17.235 sobre impuesto territorial. ¿Pero qué pasa si mi inmueble está en el área urbana y no tiene construcciones?  

Según el Art, 8°: “Los bienes raíces no agrícolas afectos a impuesto territorial, ubicados en áreas urbanas, y que correspondan a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros, pagarán una sobretasa del 100% respecto de la tasa vigente del impuesto. La referida sobretasa no se aplicará en áreas de extensión urbana o urbanizables, así determinadas por los respectivos instrumentos de planificación territorial.”

En ese sentido, existen ciertos casos que se puede pedir una revisión para que la sobretasa de sitios no edificados se encuentre bien determinada, siendo el más relevante, aquellos casos que, contando previamente con el permiso de edificación, se esté edificando una construcción.

¿Cómo se solicita la revisión? De manera sencilla, se puede solicitar a través de la página web del SII, en la sección de “solicitudes de bienes raíces” (servicios online, avalúos y contribuciones, solicitudes), donde se puede ingresar una solicitud de la propiedad correspondiente, mediante la solicitud de revisión de sobretasa SNE. Para acreditar el proceso de construcción, se debe ingresar la documentación requerida: cédula de identidad, permiso de edificación y acreditación de construcción. También se puede ingresar a través del formulario F 2118, de solicitud de modificación al catastro de bienes raíces. 

Los otros casos donde se puede solicitar la revisión son: 

– Error de cálculo en la aplicación de la sobretasa. 

– Error en la clasificación de la propiedad en la serie no agrícola. 

– Que la propiedad se encuentre en un área de expansión (extensión) urbana o en un área rural. 

– Que en la propiedad se cuente con una construcción terminada o en condiciones de ser usada. 

– Que el inmueble este afecto a áreas de utilidad pública según el plan regulador.

– Que la propiedad tenga prohibición de edificar. 

– Que la municipalidad haya puesto término a la declaración de propiedad abandonada.